En un esfuerzo por revitalizar el mercado laboral, el Ministerio de Trabajo expidió el Decreto 533 de 2024, el cual reglamenta el «Incentivo para la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales».
Esta medida, enmarcada dentro del Plan Nacional de Desarrollo, tiene como fin impulsar el empleo formal en el país, brindando incentivos económicos a las empresas que generen nuevos puestos de trabajo.
El incentivo está dirigido a personas naturales, jurídicas, uniones temporales y patrimonios autónomos que actúen como empleadores; sin embargo, no podrán recibir el incentivo entidades con participación mayoritaria del Estado ni personas expuestas políticamente (PEP).
Para acceder al programa, se comparará el número de trabajadores reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) de mayo de 2023 con los reportados en el periodo de postulación. Los nuevos trabajadores deben estar vinculados por al menos los seis meses anteriores al momento de la postulación.
Cada empleador podrá acceder a un incentivo por cada trabajador vinculado, pudiendo recibir hasta un máximo de 24 incentivos durante la vigencia del Decreto.
El programa ofrece aportes económicos a los empleadores que contraten trabajadores bajo ciertas condiciones. Según el artículo 2.2.6.1.10.3 del Decreto, los montos varían según las condiciones del trabajador:
- Para jóvenes entre 18 y 28 años: un aporte del 30% de 1 Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).
- Para mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 SMLMV: un aporte del 20% de 1 SMLMV.
- Para hombres mayores de 28 años en la misma condición: un aporte del 15% de 1 SMLMV.
- Para personas con discapacidad: el aporte será del 35% de 1 SMLMV.
Además, se reconocerá un porcentaje adicional equivalente al 10% sobre los porcentajes antes indicados si los nuevos trabajadores no han sido cotizantes durante los últimos cuatro meses, antes de cumplir con la vinculación laboral mínima de seis meses requerida para acceder al incentivo.
Para solicitarlo, los empleadores deberán presentar ante una entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito con la que tengan un producto de depósito, una solicitud firmada por el representante legal o por la persona natural empleadora, manifestando la intención de ser beneficiario del incentivo, junto con una certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal, en la que deberá constar:
- Certificación del salario de los trabajadores correspondiente a los meses anteriores a cada ciclo de postulación.
- Certificación de los procesos de sustitución patronal posteriores a mayo de 2023, si aplica.
- Certificación de los pagos a la seguridad social, demostrando que están al día.
Además, deberán presentar una copia del Registro Único Tributario (RUT) actualizado.
La primera postulación al incentivo está programada para este mes, junio de 2024, y se extenderá hasta agosto del año 2026, ofreciendo un amplio margen para que las empresas se beneficien de este programa.
Desde B2B Abogados, le extendemos una cordial invitación a aprovechar esta valiosa oportunidad para fortalecer su empresa mientras contribuye al crecimiento del mercado laboral y la inclusión social.