NUEVOS CAMBIOS EN EL SISTEMA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó un proyecto de resolución*, por medio del cual desarrolla los aspectos técnicos y tecnológicos para la adecuada implementación del sistema de facturación, en aras de cumplir con las disposiciones del artículo 616-1 del Estatuto Tributario (E.T.), modificado por la Ley 2155 de 2020, la cual establece que el sistema de facturación comprende la factura de venta y los documentos equivalentes, así como todos los documentos electrónicos que sean determinados por la DIAN.

Algunas de las disposiciones establecidas en el proyecto son las siguientes:

Derogar la Resolución 00042 de 2020, la cual contiene la reglamentación actual.

Actualizar la versión del anexo técnico de factura de venta, la versión 1.8 que está actualmente cambiará a la versión 1.9, agilizando así los procesos y adoptando cambios para cumplir efectivamente con la generación, transmisión, validación, expedición y recepción de los documentos electrónicos.

Establecer la implementación de los documentos equivalentes a la factura electrónica que se piden en la actualidad como documentos equivalentes electrónicos. Entre estos documentos se encuentran la factura de venta de talonario o de papel y todos los comprendidos en el artículo 1.6.1.4.6. Del Decreto 1625 de 2016.

Requerir que los impuestos saludables de la Ley 2277 de 2022 sean discriminados en la factura de venta independientemente del impuesto sobre las ventas (IVA), recordemos que estos impuestos son los que gravan ciertos alimentos considerados como no saludables.

El proyecto que cambia algunas generalidades del sistema de facturación va a implementar  electrónicamente el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., definiéndola como “Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.”, el cual se podrá expedir, generar y transmitir independientemente de la cuantía de la operación y se constituirá como soporte de costos, gastos, impuestos descontables en el IVA y de deducciones en el impuesto sobre la renta , recordemos que el decreto 358del 2020 indicaba que los IVA y los costos y gastos soportados con tiquetes de registradoras o tiquetes POS no otorgaban derecho a deducibilidad en renta ni se debían tener en cuenta al momento de liquidar el impuesto de IVA , este avance en los sistemas facilita que las empresas tengan el beneficio que no se le desconozcan costos y gastos de sus impuestos , algo  positivo en medio de tanto cambio y tanta normatividad .

Referencias: 

https://es.linkedin.com/pulse/cambios-significativos-en-el-sistema-de-facturaci%C3%B3n-saphetycolombia