¿Sabes si cuentas con un oficial de cumplimiento capacitado?

 

Desde el 24 de diciembre de 2020, las empresas del país se vieron expuestas a cambios normativos por parte de la Superintendencia de Sociedades bajo la circular externa 100-000016, pues la aplicación del sistema SAGRILAFT ya no era exclusiva de las entidades con ingresos brutos por $160.000.000 SMMLV, si no que ahora toda compañía con ingresos o activos iguales o superiores a $40.000 SMMLV debía contar con el sistema e iniciar su implementación.

Este cambio inicialmente generó en las compañías un impacto, ya que no entendían cómo realizar la implementación del sistema SAGRILAFT, ni para qué servía el sistema y cómo podría ayudar a su organización, esto sumado a que debían conocer qué tareas realizaría el oficial de cumplimiento, lo que terminó llevando a las compañías a contratar personas que muchas veces no contaban con la experiencia o los conocimientos completos sobre el sistema debido a la alta demanda del cargo.

Desde el cambio de normativa se ha podido evidenciar que aún hay oficiales de cumplimiento que no cuentan con los conocimientos para una correcta implementación. En este momento muchos se preguntan si su oficial de cumplimiento tiene 8 o 10 años de experiencia estará capacitado, si realizó todos los cursos de la UIAF eso lo convierte en un oficial de cumplimiento idóneo y si tiene diplomados o una especialización en riesgos garantiza experticia.  La respuesta a los anteriores interrogantes es NO, pues dentro de los sectores hemos podido evidenciar que aún falta capacitación tanto normativa como de ejecución de procesos con las herramientas disponibles para cumplir la norma y realizar todos de una forma más robusta y legal.

¿Cuál es el panorama?

Algunos oficiales de cumplimiento a la fecha no manejan las metodologías de segmentación, no saben cómo generar señales de alerta cuantitativas, datos y bases importantes en una compañía y, aún peor, no conocen qué tipos de listas son vinculantes o informativas o qué tipo de herramientas les sirven para realizar un análisis correcto del perfil de la contraparte.

Por tal razón, las juntas directivas y/o asamblea de socios y su representante legal están en la obligación de verificar que el oficial de cumplimiento sí cuente con las capacidades necesarias para realizar una evaluación del negocio y sus necesidades, también conocer que pueda enfrentarse a la toma de decisiones de acuerdo con el tipo de negocio, saber cómo afecta a sus contrapartes y a nivel de conocimiento que sepa cómo ejecutar metodologías para realizar la evaluación cuantitativa necesaria dentro del sistema.

La implementación va más allá

Recordemos que el sistema SAGRILAFT no es sólo una matriz de riesgo o una debida diligencia, esto va mucho más allá. El oficial de cumplimiento debe garantizar que por ningún motivo la empresa se vea expuesta a riesgos de LAFT/FPADM (Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva).